TEMA DE TESIS 2

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A propósito de mi comentario sobre un proyecto de tesis me han formulado algunas consultas que trataré de responder en forma breve.

Ya indicamos en otro post que lo que distingue a una tesis es el planteamiento de un problema, la formulación de una hipótesis y su solución tentativa (tesis). Se trata, en suma, de una proposición que debe ser demostrada o justificada. En el caso del Derecho, por lo general, mediante la argumentación.

Esta exigencia excluye, de inicio, cualquier tesis que trate de demostrar algo que ya es sabido o que resulta previsible. Aunque la frase puede resultar confusa, es necesario decirlo: no es necesario demostrar aquello que no necesita demostración.

Por lo tanto, una tesis que tenga por finalidad demostrar, por ejemplo,  que existe una demora en la resolución de los procesos judiciales de un distrito judicial y que esto afecta el derecho de los ciudadanos, es ociosa. Es de público conocimiento la lentitud de los procesos judiciales. No es necesario demostrar este hecho. Y, por supuesto, no es necesario tener muchas luces para suponer que el retardo de justicia afecta a los litigantes.

En cambio, una tesis que proponga cambios legislativos o de otra índole que permitan dotar de celeridad a los procesos judiciales será una tesis novedosa. Por decirlo de una manera coloquial: lo que se quiere es una opinión, no una repetición.

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